EL MUNICIPIO DE CASTELLI DISPUSO EL CESE DE TODAS LAS ACTIVIDADES


RESOLUCIÓN N°512/20
V I S T O:
La confirmación del primer caso confirmado de Covid-19 en la ciudad de J.J.Castelli;
CONSIDERANDO:
Que, se trata de una paciente derivada de una localidad vecina al Hospital local del Bicentenario, la que luego de su evolución desfavorable es trasladada al Hospital Perrando, donde por protocolo se le realizó hisopado al ingreso de dicho nosocomio;
Que, el comité de Emergencia Sanitaria aplica un protocolo ya elaborado para esta situación, a los fines de determinar e identificar a las personas que habrían tenido contacto directo con el contagiado de coronavirus
Que resulta necesario evitar la circulación de la ciudadanía a tales fines;
Que el aislamiento total en domicilios de toda persona resulta una medida as eficaz indicada y pertinente para prevenir la posible propagación del Virus;
Que, se debe realizar un responsable estudio de los diferentes y posibles contactos con la Paciente, para que dichas personas realicen un Aislamiento y Cuarentena Obligatoria.
Que resulta necesario en consecuencia el dictando el presente Instrumento legal.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE JUAN JOSE CASTELLI – CHACO
AD REFERENDUN DEL CONCEJO DELIBERANTE MUNICIAL
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: DISPONER en todo el ejido municipal el cese total de las actividades comerciales, Instituciones públicas (Entidades Bancarias y otras) /privadas y laborales de todo tipo, por los días viernes 22 y sábado 23 de mayo de 2.020, exceptuando los referidos a la venta de productos alimenticios, combustible y farmacia.
ARTICULO 2°: DISPONER el aislamiento preventivo total de todos los habitantes de J.J.Castelli por los días viernes 22 y sábado 23 de mayo de 2.020, con prohibición absoluta de circulación.
ARTICULO 3°: DISPONER que por igual término quedan suspendidas las resoluciones municipales que contradigan a la presente.
ARTICULO 4°: Remítase copia de la presente, al Concejo Deliberante Municipal para su conocimiento y ratificación legislativa y al Juzgado de Faltas Municipal para su conocimiento.
ARTICULO 5°: Comuníquese, Regístrese, Elévese copia a quien corresponda, cumplido archívese. –
Juan José Castelli, 22 de mayo de 2.020

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