LA SECRETAR脥A DE DDHH Y G脡NEROS DESTACA EL VETO PARCIAL A LA LEY QUE PROH脥BE EL USO DE CELULARES A PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD


El organismo, junto al Comit茅 para la Prevenci贸n de la Tortura, se帽al贸 que el uso de tel茅fonos m贸viles, seg煤n consta en los relevamientos realizados, permiti贸 garantizar a las personas involucradas derechos como el acceso a la informaci贸n, la comunicaci贸n, la educaci贸n, la salud, e incluso la reinserci贸n laboral y social.

La Secretar铆a de Derechos Humanos y G茅neros de la provincia conjuntamente con el Comit茅 para la Prevenci贸n de la Tortura Chaco celebraron el veto parcial a la Ley 3794-J que proh铆be el uso de celulares e internet para personas privadas de libertad. En ese marco, destacaron que el uso de tel茅fonos m贸viles as铆 como el acceso a la web permite garantizar al grupo involucrado derechos como el acceso a la informaci贸n, educaci贸n, salud y comunicaci贸n e incluso la reinserci贸n social y/o laboral.



En un comunicado de prensa, resaltan que el gobernador Jorge Milton Capitanich propuso el veto parcial de la ley teniendo en cuenta el mandato constitucional en materia de derechos humanos, el trabajo interinstitucional para el uso de telefon铆a m贸vil, y la posibilidad de inclusi贸n social de las personas privadas de libertad.



La Secretar铆a y el Comit茅 de Prevenci贸n de la Tortura se han opuesto a esta ley restrictiva, enviando los informes pertinentes para su veto y siendo claros sobre la necesidad del uso de celulares e internet, tanto para las personas privadas de su libertad como para sus familias y tambi茅n para el Servicio Penitenciario.



Ambos organismos mantienen su postura inicial, recordando que las pol铆ticas de Derechos Humanos deben ser no regresivas y sosteniendo los compromisos hechos en las peri贸dicas mesas de di谩logo que han impulsado el protocolo que ya reglamenta el acceso a la conectividad, no solo ahora sino tambi茅n inicialmente en la pandemia. Con el principio de la dignidad como piso de nuestro sistema de derechos humanos, celebraron la decisi贸n del gobernador en pos del respeto a las garant铆as constitucionales y del sostenimiento de un derecho que es la puerta de entrada a muchos derechos m谩s para las personas privadas de libertad.



La Resoluci贸n 676 regula el uso de dispositivos m贸viles o celulares en personas que se encuentran privadas de su libertad en Comisar铆as y dependencias del Servicio Penitenciario y de Readaptaci贸n Social de la provincia. El Estado no proveer谩 los aparatos. Los celulares deber谩n ser registrados debidamente.



La medida se toma en el marco de la garant铆a de derechos establecidos en tratados internacionales y en la Constituci贸n. Despu茅s de revisiones y entrevistas con las personas privadas de su libertad, se pudo conocer que el uso de celulares en 茅pocas de aislamiento social por la pandemia del Covid-19 permiti贸 garantizar derechos como el acceso a la informaci贸n, la comunicaci贸n, la educaci贸n, la salud, e incluso la reinserci贸n laboral y social.



Desde la Secretar铆a de Derechos Humanos y G茅neros y el Comit茅 para la Prevenci贸n de la Tortura, se seguir谩 trabajando en pos de la defensa de los derechos humanos y de la inclusi贸n social de todas las personas, se帽alaron.