CONFIRMAN CONDENA CONTRA EL ESTADO CHAQUEÑO POR MUERTE DE LA JOVEN EN EL PUESTO SANITARIO DE VILLA RÍO BERMEJITO

El Superior Tribunal de Justicia de Chaco rechazó el recurso de la provincia y avaló sentencia por mala praxis médica ocurrida en 2005.

El Superior Tribunal de Justicia de Chaco confirmó la condena civil al Estado provincial por la muerte de una adolescente ocurrida el 16 de noviembre de 2005 en el Puesto Sanitario de Villa Río Bermejito, en el Impenetrable chaqueño, como consecuencia de una mala praxis médica.

El máximo tribunal provincial rechazó el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno chaqueño contra una sentencia de la Cámara de Apelaciones con competencia universal de Juan José Castelli. El fallo fue firmado por los jueces Iride Grillo y Alberto Modi, de la Sala Primera Civil, Comercial y Laboral.

El litigio se originó con el fallecimiento de la adolescente identificada con las iniciales S. M. C., a raíz de una deficiente prestación del servicio médico en el puesto sanitario dependiente del Ministerio de Salud provincial. La demanda fue interpuesta en noviembre de 2015, diez años después del hecho, y fue admitida por el juez de primera instancia. En julio de 2025, la Cámara de Apelaciones confirmó la decisión inicial.

Además del Estado provincial, la causa involucra a dos médicos que atendieron a la paciente, identificados como M. Á. B. y D. D. Z. —este último fallecido y representado por sus herederos—.

La sentencia se sustentó en un conjunto de pruebas que incluyó el testimonio de una agente sanitaria que trabajaba en el puesto, brindado horas después del fallecimiento y ratificado en audiencia. Los jueces valoraron su proximidad temporal y la claridad de su declaración.

Se sumaron a ello la historia clínica de la paciente, el protocolo de autopsia y una pericia médica que concluyó que la joven presentaba obstrucción intestinal y no intoxicación, como había sido diagnosticado. Los profesionales no realizaron estudios elementales como radiografías de abdomen, lo que constituyó un error de diagnóstico calificado de grosero. A pesar de las impugnaciones de la provincia, la pericia fue validada.

Los tribunales determinaron que la muerte era evitable con una atención adecuada y oportuna. Los médicos no actuaron conforme a las reglas de la buena praxis, incurriendo en errores de diagnóstico, negligencia y demoras en la derivación a un centro de mayor complejidad. El Estado provincial es responsable por incumplir su deber de seguridad como garante del servicio público de salud y empleador de los profesionales.

FUENTE: Litigio Periodismo Judicial