¿DONDE DENUNCIAR POR SUBA DE PRECIOS EN COMERCIOS?

Los valores deben ser retrotraídos al 6 de marzo.

Los diferentes comercios (supermercados, farmacias y otros locales habilitados) deberán retrotraer sus precios al 6 de marzo y no excederán los valores máximos a lo establecido como referencia, estipulados por la Secretaría de Comercio de la Nación.

En este contexto, la Secretaría de Comercio de la Nación facultó a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) para que pueda intervenir junto a las provincias cuando se registren situaciones que impliquen una infracción a la Ley de Abastecimiento o conductas flagrantes de acaparamiento o no entrega de mercaderías.
Agentes de dicho organismo clausuraron dos comercios en Resistencia: una farmacia y una distribuidora, donde se verificó la excesiva remarcación de precios y donde no se pudieron justificar el aumento significativo en uno de los productos claves y más demandados en este contexto epidemiológico, como el alcohol en gel.
Esta medida alcanza a todos los comercios que comprenden la cadena de producción, elaboración, distribución y comercialización, conforme lo establece la Resolución N° 100 de la Secretaría de Comercio de la Nación y el artículo 1 de la Ley 20680 y su modificatoria de la Ley 26991, donde a partir del miércoles pasado también estarían incluidas las Pymes.
Esta normativa que establece precios de referencia abarca a distribuidores, mayoristas, hipermercados, supermercados, farmacias, autoservicios, almacenes y quioscos.
VÍAS DE COMUNICACIÓN Y DENUNCIAS
Se insta a los consumidores que hagan las denuncias pertinentes, por WhatsApp al 3624 747346, con una foto del ticket o del precio en góndola, y con la información del local comercial. En Castelli al 3644402173.

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