LA CORTE SUPREMA DECLAR脫 QUE EL 脥NDICE DE ACTUALIZACI脫N DE HABER ES JUBILATORIOS ES INCONSTITUCIONAL
La Corte Suprema declar贸 hoy inconstitucional el 铆ndice que utiliza la ANSeS para actualizar los haberes jubilatorios, a partir de un reclamo que hab铆a efectuado un jubilado.
Con cuatro votos a favor y uno en contra, los jueces del m谩ximo tribunal hicieron lugar a una demanda presentada por Lucio Orlando Blanco, que se jubil贸 en 2003 y reclamaba la implementaci贸n del sistema que exist铆a antes de que se sancionara la denominada Ley de Reparaci贸n Hist贸rica.
Antes de la sanci贸n de esa ley, para calcular la movilidad jubilatoria se aplicaba el Indice de Salarios B谩sicos de la Industria y la Construcci贸n (ISBIC), pero la ANSeS comenz贸 a utilizar el indicador llamado Remuneraci贸n Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
Si bien el fallo favorece solo a Blanco, el texto sienta un precedente del que se podr谩n acoger otros 150 mil jubilados que est谩n en una situaci贸n similar al del jubilado favorecido este martes.
El fallo cont贸 con los votos a favor de los ministros Helena Higthon de Nolasco, Ricardo Lorenzetti, Eduardo Rosatti y Juan Carlos Maqueda), mientras que en contra vot贸 Carlos Rosenkrantz.
La decisi贸n de la Corte tambi茅n podr铆a disparar reclamos para parte de los jubilados y pensionados que ingresaron al sistema y que sus haberes fueron actualizados por el RIPTE, aunque no abarcar谩 los casos de los que ya aceptaron la Reparaci贸n Hist贸rica.
NA