LA SECRETARÍA DE DDHH Y GÉNEROS DESTACA EL VETO PARCIAL A LA LEY QUE PROHÍBE EL USO DE CELULARES A PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD


El organismo, junto al Comité para la Prevención de la Tortura, señaló que el uso de teléfonos móviles, según consta en los relevamientos realizados, permitió garantizar a las personas involucradas derechos como el acceso a la información, la comunicación, la educación, la salud, e incluso la reinserción laboral y social.

La Secretaría de Derechos Humanos y Géneros de la provincia conjuntamente con el Comité para la Prevención de la Tortura Chaco celebraron el veto parcial a la Ley 3794-J que prohíbe el uso de celulares e internet para personas privadas de libertad. En ese marco, destacaron que el uso de teléfonos móviles así como el acceso a la web permite garantizar al grupo involucrado derechos como el acceso a la información, educación, salud y comunicación e incluso la reinserción social y/o laboral.



En un comunicado de prensa, resaltan que el gobernador Jorge Milton Capitanich propuso el veto parcial de la ley teniendo en cuenta el mandato constitucional en materia de derechos humanos, el trabajo interinstitucional para el uso de telefonía móvil, y la posibilidad de inclusión social de las personas privadas de libertad.



La Secretaría y el Comité de Prevención de la Tortura se han opuesto a esta ley restrictiva, enviando los informes pertinentes para su veto y siendo claros sobre la necesidad del uso de celulares e internet, tanto para las personas privadas de su libertad como para sus familias y también para el Servicio Penitenciario.



Ambos organismos mantienen su postura inicial, recordando que las políticas de Derechos Humanos deben ser no regresivas y sosteniendo los compromisos hechos en las periódicas mesas de diálogo que han impulsado el protocolo que ya reglamenta el acceso a la conectividad, no solo ahora sino también inicialmente en la pandemia. Con el principio de la dignidad como piso de nuestro sistema de derechos humanos, celebraron la decisión del gobernador en pos del respeto a las garantías constitucionales y del sostenimiento de un derecho que es la puerta de entrada a muchos derechos más para las personas privadas de libertad.



La Resolución 676 regula el uso de dispositivos móviles o celulares en personas que se encuentran privadas de su libertad en Comisarías y dependencias del Servicio Penitenciario y de Readaptación Social de la provincia. El Estado no proveerá los aparatos. Los celulares deberán ser registrados debidamente.



La medida se toma en el marco de la garantía de derechos establecidos en tratados internacionales y en la Constitución. Después de revisiones y entrevistas con las personas privadas de su libertad, se pudo conocer que el uso de celulares en épocas de aislamiento social por la pandemia del Covid-19 permitió garantizar derechos como el acceso a la información, la comunicación, la educación, la salud, e incluso la reinserción laboral y social.



Desde la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros y el Comité para la Prevención de la Tortura, se seguirá trabajando en pos de la defensa de los derechos humanos y de la inclusión social de todas las personas, señalaron.

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