«EL JUICIO TERMINÓ Y FUE POR TU COMPROMISO» ESCRIBIÓ EL JUEZ EN EL SOBRESEIMIENTO A UN JOVEN QOM EN CAUSA POR DROGAS


Por primera vez en el Chaco, una sentencia incluye un fragmento en lengua Qom dirigida a un joven que había sido elevado a juicio en una causa por drogas. El juez de Niñez, Adolescencia y Familia Nº 1 de Juan José Castelli, Gonzalo García Veritá, decidió hacer lugar a la probation y sobreseyó al joven indígena, ponderando los esfuerzos que realizó.

“C., he valorado tu enorme esfuerzo por crecer y desde el juzgado te acompañamos para que en esta etapa nueva pueda seguir este camino alejado de lo que no te hace bien. A seguir estudiando y trabajando como venís haciéndolo. Lo que pasó, quedó atrás gracias a tu compromiso, y el de tu familia. No tendrás que pagar ninguna multa, ni tampoco hacer otras tareas para el juzgado, el juicio terminó y fue por tu compromiso. Que sigas bien, Gonzalo.”.

Así, el titular del Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia Nº 1 de Juan José Castelli, Gonzalo García Veritá, se dirigió a C.C.S. en un fragmento de la sentencia en la que resolvió hacer lugar a la suspensión del juicio a prueba o probation y sobreseyó al joven Qom que fue imputado a los 17 años (hoy tiene 20) por tenencia de estupefacientes. Fue a través de un lenguaje sencillo y, por primera vez en el Chaco, en lengua Qom, cuya traducción estuvo a cargo de la intérprete Mariela Carrasco, quién también intervino durante el proceso para garantizar los derechos del joven indígena.

El fallo, que jerarquiza el cumplimiento de la legislación Procesal Penal, Penal Juvenil y la Convención de Derechos del Niño, fue dictado el 12 de marzo último y lleva la firma del juez Gonzalo García Veritá, titular del Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia Nº 1 de Juan José Castelli.

Antes de resolver, el magistrado consideró aplicable al caso el instituto de la suspensión del juicio a prueba teniendo en cuenta que el imputado era menor de 18 años al momento de la comisión del delito. Para ello, citó la Convención de Derechos del Niño que expresamente prevé la igualdad ante la ley de los Niños, Niñas y Adolescentes, y señaló que “es sabido que en materia de las infancias, rige el principio por el que este grupo poblacional tiene los derechos reconocidos a los adultos más un plus de derechos propios a las medidas especiales de protección que como sociedad, estado y familia debemos a los niños, niñas y adolescentes”.

El caso

C.C.S fue detenido el 7 de mayo de 2016 en inmediaciones del Hospital del Bicentenario de Juan José Castelli con poco más de 200 gramos de marihuana e imputado por el delito de tenencia simple de estupefacientes. En base a un informe del Equipo Interdisciplinario, que determinó que el joven se encontraba “en una situación de vulnerabilidad dado los grupos de riesgo que frecuenta y la escasa contención familiar”, se le impuso un régimen de “libertad asistida” con una serie de medidas tutelares y reglas de conducta (desde agosto de 2016 a diciembre de 2018), de acuerdo al Estatuto jurídico del menor de edad y la familia que establece la ley 903-C (ex ley 4.369). Posteriormente, informes del propio Equipo Interdisciplinario dieron cuenta de las mejoras en el comportamiento del joven.

En base a todos estos elementos, el defensor oficial Walter Milkoff pidió la probation para el joven Qom, lo que contó con el acompañamiento del fiscal de Cámara, Carlos Calvo, y de la Asesora de Adolescentes subrogante, Leda Rivarola. En ese contexto, el juez García Veritá consideró que “(…) no puedo sin más concluir en que la imposición de reglas de conductas que permitan visualizar la conducta esperable de C. con función constructiva en la sociedad (…), está entera y sobradamente cumplida”.

El mensaje en lengua Qom

” C.: ra ‘ana’añaxataxac huo’o ra ‘enec qaq nagui’ dalaxic so ‘iquiaxac, ‘ana’añaxat qome. Qoquelec qome ra ‘anapaxaguenaxac. So ‘iapacauec mashe ‘ashet nagui’ sa’amaqchiguiñi ra lta’araic so ‘ana’añagataxac am siquitac na na’a’q. Gonzalo.”

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